viernes, 28 de febrero de 2014

Técnicos competentes para certificar

¿Quiénes son los técnicos competentes para realizar el #CertificadoEnergético?

Con relación con la Ley 38/1999, son técnicos competentes para suscribir el certificado de eficiencia energética en los edificios, además de: Arquitectos, Arquitectos Técnicos ó Aparejadores, las personas que, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones de 15 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Universidades, dispongan de las siguientes titulaciones:,,,(más información: certificacion-de-eficiencia-energetica

 


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martes, 25 de febrero de 2014

Principios del Passivhaus

En un edificio #Passivhaus o #EdificioPasivo, proyectado con criterios de consumo energético casi nulo, se reduce al máximo la influencia del ambiente exterior sobre los parámetros del ambiente interior de los edificios, optimizando aislamientos, mejorando carpinterías exteriores, minimizando las infiltraciones de aire no deseadas y eliminando los puentes térmicos de la envolvente con un riguroso control de la energía que entra y sale con el fin de obtener un elevado confort térmico.

Con ello, conseguimos un ahorro en consumo de energía de 80% a 90% con respecto a un edificio previo al CTE y 60% a 70% con aplicación estricta del código técnico.

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lunes, 24 de febrero de 2014

Hitos teóricos del Passivhaus

¿Cuáles son los hitos teóricos de un edificio pasivo o proyectado con criterios de consumo energético casi nulo o Passivhaus?
 
1. demanda máxima de calefacción 15 kWh/m²año

2. demanda máxima de refrigeración 15 kWh/m²año
3. para edificios con calefacción y refrigeración por aire, existe una alternativa a conseguir: carga de frío y calor menor de 10 W/m²
4. estanqueidad al aire no debe ser superior a 0,6 renovaciones/hora con una presión o depresión de 50 Pa (BlowerDoor test).
5. energía primaria demandada total por el inmueble no debe superar los 120 kWh/m²año
6. temperaturas superficiales interiores de la envolvente térmica en invierno >17ºC

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viernes, 21 de febrero de 2014

Bases para proyectos Passivhaus

¿Cuáles son las bases en un edificio pasivo o proyectado con criterios de consumo energético casi nulo o Passivhaus?
 
1. El objetivo del estándard Passivhaus es limitar la demanda de energía a 15 kWh/m²a para instalaciones de calefacción y 15 kWh/m²a para instalaciones de refrigeración.


2. La estanqueidad al aire no debe ser superior a 0,6 renovaciones/hora con una presión o depresión de 50 Pa (comprobado mediante un BlowerDoor test).


3. La energía primaria demandada total por el inmueble no debe superar los 120 kWh/m²a.

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jueves, 20 de febrero de 2014

Gestiones de edificios

¿Gestiona un edificio, centro comercial, centro de ocio o sede corporativa y requiere asesoría para la contratación de su Certificado Energético?

CENERGETICA consultoría energética, especialistas en asesoría para la contratación de Certificados Energéticos desde el 2007.


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miércoles, 19 de febrero de 2014

Proyectos Passivhaus

NUEVOS PROYECTOS

CENERGETICA, consultoría energética, está realizando proyectos con criterios de casi nulo consumo energético o Passivhaus, gracias a promotores interesados en la sostenibilidad, ahorro y eficiencia energética.


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martes, 18 de febrero de 2014

Gestión edificio y el certificado energético

¿Gestionas un edificio y requieres asesoría para la contratación de su certificado energético?
CENERGETICA, consultoría energética, especialistas en asesoría para la contratación de certificados energéticos desde el 2007.


Un saludo,
El equipo de CENERGETICA, consultoría energética
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lunes, 17 de febrero de 2014

Inmuebles ocupados por autoridades públicas y la etiqueta energética

¿Qué inmuebles ocupados por las autoridades públicas tienen la obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética o etiqueta energética?

Todos los edificios o partes de los mismos ocupados por las autoridades públicas y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250m², exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible. Para el resto de los casos, la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria, y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
 


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viernes, 14 de febrero de 2014

Obligación etiqueta energética inmuebles de titulridad privada

¿Qué inmuebles de titularidad privada tienen la obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética o etiqueta energética?

Todos los edificios o unidades de edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500m², exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible por el público, cuando les sea exigible su obtención. Para el resto de los casos, la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria, y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
 


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jueves, 13 de febrero de 2014

Etiqueta energética como marca comercial

¿Se autoriza la etiqueta energética como marca comercial?

Se prohíbe la exhibición de etiquetas, marcas, símbolos o inscripciones que se refieran a la certificación de eficiencia energética de un edificio que no cumplan los requisitos previstos en este Procedimiento básico y que puedan inducir a error o confusión. A los efectos de lo anteriormente establecido, en ningún caso se autorizara el registro de la etiqueta como marca.
 


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miércoles, 12 de febrero de 2014

El distintivo de la etiqueta energética

¿Quién puede utilizar el distintivo de la etiqueta de eficiencia energética o etiqueta energética?

La obtención del certificado de eficiencia energética otorgara el derecho de utilización de la etiqueta de eficiencia energética, durante el periodo de validez de la misma, cuyos contenidos se recogen en el Anexo II del Procedimiento básico.
La etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio.
Deberá figurar siempre, de forma clara e inequívoca en la etiqueta de eficiencia energética, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto, al del inmueble terminado o existente.
 


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martes, 11 de febrero de 2014

Actualización del certificado energético

¿Quién es el responsable y cómo se renueva o actualiza un certificado de eficiencia energética o certificado energético?

El propietario del edificio es responsable de la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética conforme a las condiciones que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética.
 


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lunes, 10 de febrero de 2014

Renovación del certificado energetico

¿Cómo se renueva un certificado de eficiencia energética o certificado energético?

El órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente establecerá las condiciones específicas para proceder a la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética.
 


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viernes, 7 de febrero de 2014

El certificado energético en una dación en pago

¿Es necesario aportar el certificado de eficiencia energética o certificado energético en una dación al pago de un inmueble?

Sí, al tratarse de un acto traslativo de la propiedad es requerido el certificado energético.
Sería recomendable negociar con la entidad financiera que los gastos generados como consecuencia de la dación en pago fueran sufragados por la misma, así como el certificado energético y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de bienes de naturaleza urbana.
 


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jueves, 6 de febrero de 2014

Control de certificación energética

¿Quién realiza el control del certificado de eficiencia energética o certificado energético?

El órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá, en su caso, el alcance del control externo y el procedimiento a seguir para realizarlo. Este control podrá realizarse por la propia Administración o mediante la colaboración de agentes autorizados para este fin.
Los agentes autorizados para el control serán organismos o entidades de control acreditadas para el campo reglamentario de la edificación y sus instalaciones térmicas o técnicos independientes cualificados conforme al procedimiento que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Cuando la calificación de eficiencia energética resultante de este control externo sea diferente a la obtenida inicialmente, como resultado de diferencias con las especificaciones previstas, se le comunicara al promotor o propietario, en su caso, las razones que la motivan y un plazo determinado para su subsanación o, en su caso, se procederá a la modificación de la calificación de eficiencia energética obtenida en el certificado de eficiencia energética.
 


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miércoles, 5 de febrero de 2014

Inspecciones y sanciones por el certificado energético

¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con el deber de obtener el certificado de eficiencia energética o certificado energético?

Inspecciones: la Administración autonómica competente realizará la labor inspectora, para velar por su cumplimiento y detectar casos de falseamiento o fraude.
Sanciones: el vendedor / arrendador podrá ser multado por infracción a los Derechos de los Consumidores.
Reclamaciones: el comprador/arrendatario podrá reclamar al vendedor / arrendador por no haber cumplido el deber de información al Consumidor.
El incumplimiento de cualquiera de los preceptos contenidos en el Procedimiento básico, se considerara infracción en materia de protección al consumidor, de acuerdo con lo establecido en los apartados 6 y 8 del articulo 34 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios y será sancionada administrativamente de acuerdo con la misma.
 


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martes, 4 de febrero de 2014

Obligaciones ante el certificado energético

¿Qué obligaciones tiene el vendedor / arrendador ante la certificación de eficiencia energética o certificación energética?

El vendedor / arrendador deberá mostrar la etiqueta de eficiencia energética durante la promoción de venta / alquiler del inmueble (con la descripción del inmueble en la promoción, inmobiliaria o anuncios del mismo).
En caso de venta, el vendedor deberá entregar un original del certificado de eficiencia energética al comprador en la notaría.
En caso de alquiler, el arrendador deberá adjuntar una fotocopia del certificado de eficiencia energética al contrato de arrendamiento.
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lunes, 3 de febrero de 2014

Cuando realizar el certificado energético?

¿Se puede vender o alquilar el inmueble y después realizar la #CertificaciónEnergética o la certificación de eficiencia energética?

No. El #CertificadoEnergético debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación?

 


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