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lunes, 3 de febrero de 2014

Cuando realizar el certificado energético?

¿Se puede vender o alquilar el inmueble y después realizar la #CertificaciónEnergética o la certificación de eficiencia energética?

No. El #CertificadoEnergético debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación?

 


CENERGETICA, consultoría energética
www.cenergetica.es

lunes, 27 de enero de 2014

Obligaciones ante el certificado energético

¿Cuales son las obligaciones del vendedor o arrendador ante el certificado de eficiencia energética?

Cuando se venda o alquile un edificio, total o parcialmente, el vendedor o arrendador entregará al comprador o inquilino, según corresponda, el certificado de eficiencia energética del edificio o, en su caso, de la parte adquirida o arrendada, según corresponda.
 certificacion energetica
 

martes, 31 de diciembre de 2013

Certificado energético para piso vacacional en venta

¿El propietario de un apartamento que ha sido utilizado normalmente como residencia temporal de uso vacacional y tiene intención de publicitarlo para su venta debe incluir la etiqueta energética en su oferta?

Sí, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 235/2013 es el promotor o propietario del edificio o parte del mismo el responsable de encargar la realización del certificado de eficiencia energética del edificio y de mostrar la etiqueta energética en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta del edificio o parte del mismo. Por tanto como el vendedor desconoce la utilidad que piensa darle el potencial comprador deberá incluir la etiqueta de eficiencia energética en la oferta.




Un saludo,
El equipo de CENERGETICA, red de certificación energética