martes, 10 de diciembre de 2013

Amortización de las medidas de mejora del certificado energético

¿Para la redacción del certificado energético se debe estudiar necesariamente la rentabilidad económica de las medidas propuestas?


Aunque se podrá incluir, no es obligatorio hacerlo. Únicamente y de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 235/2013, el certificado de eficiencia energética deberá indicar dónde obtener información más detallada sobre la relación coste-eficacia de las recomendaciones formuladas en el certificado energético.





Un saludo,
El equipo de CENERGETICA, red de certificación energética

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