En el caso de locales comerciales existentes en los que se va a producir un cambio de uso ¿están eximidos de la certificación energética?
Los locales en los que se vaya a producir un cambio de uso no están eximidos de la certificación energética, en el caso de venta o alquiler, salvo que se trate de una venta cuyo cambio de uso suponga una “reforma importante” por lo que estaría incluido en lo establecido en el artículo 2 apartado 2.f. (exclusión de edificios que se compren para reformas importantes o demoliciones).
Un saludo,
El equipo de CENERGETICA, red de certificación energética
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