viernes, 7 de febrero de 2014

El certificado energético en una dación en pago

¿Es necesario aportar el certificado de eficiencia energética o certificado energético en una dación al pago de un inmueble?

Sí, al tratarse de un acto traslativo de la propiedad es requerido el certificado energético.
Sería recomendable negociar con la entidad financiera que los gastos generados como consecuencia de la dación en pago fueran sufragados por la misma, así como el certificado energético y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de bienes de naturaleza urbana.
 


CENERGETICA, consultoría energética
www.cenergetica.es

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