¿En qué casos es obligatorio el certificado de eficiencia energética?
El certificado de eficiencia energética es obligatorio, en líneas generales, para todos los propietarios de un inmueble
(vivienda unifamiliar aislada o adosada, edificio de pisos, naves
industriales aisladas o adosadas, siempre y cuando su uso no sea el
industrial/taller) o de una parte de un edificio existente (piso o
local, u oficina en edificio) siempre y cuando se ofrezca en venta o
alquiler.
Un saludo,
El equipo de CENERGETICA, red de certificación energética
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